Ley de alquileres 2023: Cambios Clave y Vigencia a partir de Octubre





La Ley 27.737, sancionada el 10 de octubre en el Congreso de la Nación, trajo consigo modificaciones significativas en la normativa de alquileres. A continuación, se detallan los aspectos más destacados y cómo afectarán a los contratos de arrendamiento en el país.

Ley de alquileres: Cambios Clave y Vigencia
Fuente: Pexels / Oleksandr P

Entrada en Vigencia: Cambios desde Octubre de 2023





Los cambios, promulgados a través del Decreto 533/2023, firmado por el Poder Ejecutivo, entrarán en vigencia el miércoles 18 de octubre de 2023. Estas modificaciones resultarán aplicables a partir de los ejercicios fiscales de 2023 en adelante, según lo estipulado por el artículo 12 de la ley.

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Plazo Mínimo y Actualización Semestral

La reforma, encabezada por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y la presidenta de la Cámara de Diputados, Cecilia Moreau, establece que el plazo mínimo de los contratos de alquiler continuará siendo de tres años. Además, se implementará una actualización semestral basada en el coeficiente de Casa Propia. También se prohíbe la publicación de alquileres en dólares.

Ajustes y Publicidad en Pesos Argentinos

Según el detalle de la ley, se enfatiza que el precio del alquiler debe fijarse como un valor único en moneda nacional, prohibiendo cualquier publicidad que no incluya el precio en pesos argentinos. Esta medida es crucial, considerando que la mayoría de los anuncios de alquiler de viviendas estaban expresados en dólares. Además, se especifica que los montos deben ser mensuales, con ajustes acordados en intervalos no inferiores a seis meses.

Cómo serán los aumentos: Coeficiente CVS y CER





Los ajustes, según la ley, se calcularán utilizando un coeficiente conformado por la menor variación entre el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) del Banco Central de la República Argentina.

Resolución Anticipada y Penalizaciones

La normativa también modifica el texto original en lo referente a la resolución anticipada del contrato. Se establece que el contrato puede ser resuelto anticipadamente por el locatario, con penalizaciones que varían según el tiempo transcurrido. Si la resolución ocurre dentro del primer año, el inquilino deberá abonar una indemnización de un mes y medio de alquiler; después del primer año, la suma equivaldrá a un mes.

Incentivos Impositivos y Exenciones

La nueva legislación introduce incentivos impositivos, eximiendo del pago del Monotributo los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles. Se mantiene la exención de Bienes Personales para inmuebles destinados al alquiler habitacional.

Además, se define la exención del impuesto a los débitos y créditos bancarios para cuentas utilizadas exclusivamente para operaciones relacionadas con la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, siempre que los contratos estén debidamente registrados.

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